miércoles
¿Vas a cambiar de comisión de AFP?
Apartir del próximo año, el pago
que los trabajadores realizan a las AFP por administrar sus aportes ya no será
solo un porcentaje fijo sobre el total del sueldo, como hasta ahora.
La reforma de las AFP aprobada
por el Congreso en julio determinó que se debía remunerar a estas empresas con
un porcentaje del fondo acumulado con los aportes, es decir, sobre el saldo.
NUEVA COMISIÓN
La Superintendencia de Banca,
Seguros y AFP (SBS) asegura que esto incentivará a que las administradoras
logren mayores ganancias pues, si crece el fondo del afiliado, también
aumentará su pago.
Sin embargo, el regulador ha
dispuesto que este tipo de cobro no se aplicará hasta dentro de 10 años. En
tanto, desde 2013 y hasta 2023 entrará en vigencia una comisión mixta. Esta
tendrá dos componentes: un porcentaje del sueldo y un porcentaje del fondo. El
primero irá disminuyendo hasta llegar a 0% en el año 2023.
ANTIGUOS DECIDEN
El nuevo sistema será obligatorio
para los nuevos afiliados a partir de febrero del próximo año.
En cambio, los actuales
aportantes pueden optar por no pasar a este esquema si no se sienten
convencidos. ¿Qué hay que hacer? Justamente ayer, la SBS emitió la Resolución
N° 9353-2012, la cual regula el proceso de elección de la comisión y detalla
los trámites que se deben seguir:
1. Los trabajadores que hoy
aportan a una AFP tienen entre el 2 de enero y el 31 de marzo de 2013 para
comunicar su decisión.
2. El trámite puede hacerse
personalmente en la Oficina de Asesoramiento Previsional (OAP) de su AFP. Hay
que llevar el DNI.
3. Las AFP deberán proveer un
formato de documento en el que se manifestará esta decisión.
4. También se puede hacer por
Internet y vía postal. Si es por Internet, el trabajador debe ingresar al sitio
web de su AFP. La empresa le suministrará dos claves. La primera será para que
ingrese sus datos, y la segunda, para que confirme que desea seguir en la
comisión por sueldo.
5. Si prefiere el correo postal,
deberá enviar el formato que su AFP le provea y una copia de su DNI al lugar
que le indiquen.
6. Para quienes eligieron los
procesos vía web y correo postal, deben saber que sus AFP los llamarán por
teléfono y les enviarán cartas para certificar la autenticidad de los procesos.
Infórmese y compare bien antes de
tomar una decisión.
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
No hay comentarios:
Publicar un comentario